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Bono social de la luz: quién puede pedirlo y cuánto descuenta

Última revisión: 26/10/2026 · verificado 26/10/2026 · Cifras del Ministerio para la Transición Ecológica y del BOE, enlazadas abajo.

En resumen: el bono social eléctrico es un descuento sobre el PVPC de la vivienda habitual. Hasta el 31 de diciembre de 2026 es del 42,5 % si eres consumidor vulnerable y del 57,5 % si eres vulnerable severo. Se pide a una comercializadora de referencia. En el mercado libre no se aplica.

1. Qué es y cuánto descuenta

El bono social es un descuento en la factura de la luz. Solo vale con el PVPC (Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor), el precio regulado. Lo contrata una persona física en su vivienda habitual, con una comercializadora de referencia, y con una potencia de hasta 10 kW. Qué es el PVPC y en qué se diferencia del mercado libre está en PVPC o mercado libre.

El descuento ordinario del Real Decreto 897/2017 es del 35 % para el consumidor vulnerable y del 50 % para el vulnerable severo. La Orden TED/634/2026 lo recuerda como el descuento inicialmente previsto para 2026. Con carácter excepcional, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, el Real Decreto-ley 7/2026 lo deja en el 42,5 % y en el 57,5 %.

El PVPC tiene término de potencia y término de energía. El descuento de la potencia se aplica entero. El de la energía solo llega hasta un límite de kWh. Lo que pase de ese límite se factura a PVPC sin descuento.

Si además eres consumidor en riesgo de exclusión social, los servicios sociales de una administración autonómica o local financian al menos el 50 % del importe que correspondería a una factura a PVPC, después del impuesto eléctrico y del IVA, y sin aplicar el descuento en los términos de energía y peajes. En ese caso no tienes que pagar la factura, y no pueden cortarte la luz por impago. El resto lo asumen quienes financian el bono social.

Fuente: Ministerio, preguntas frecuentes, qué es el bono social, Real Decreto-ley 7/2026, artículo 1, Orden TED/634/2026 y CNMC, bono social eléctrico. Portal: bonosocial.gob.es.

2. Quién puede pedirlo

Tiene que pedirlo el titular del contrato de la vivienda habitual. Si no figuras como titular y cumples el resto, puedes cambiar la titularidad a la vez que pides el bono. En ese cambio no revisan las instalaciones de más de veinte años.

Eres consumidor vulnerable si cumples alguno de estos requisitos. Los euros son los que publica el Ministerio (el IPREM de 14 pagas que usan es 8.400 €):

La unidad de convivencia son las personas empadronadas en el mismo domicilio unidas por matrimonio, pareja de hecho, parentesco hasta el segundo grado, adopción, guarda o acogimiento familiar permanente. Alguien empadronado que no sea de esa unidad no entra en el cálculo, y por eso no te pueden denegar la solicitud.

La renta que miran es la del último ejercicio del que tenga constancia la Agencia Tributaria (o la foral, en el País Vasco y en Navarra): la base imponible general y del ahorro. Si no había obligación de declarar, usan los datos que consten allí.

Fuente: preguntas frecuentes y requisitos.

3. Vulnerable severo y riesgo de exclusión

El vulnerable severo tiene el descuento mayor. La renta no puede pasar del 50 % del umbral de vulnerable, circunstancias especiales incluidas.

El riesgo de exclusión social exige ser vulnerable severo y que los servicios sociales financien al menos el 50 % de la factura, como dice el apartado 1.

Fuente: preguntas frecuentes y requisitos.

4. Hasta cuántos kWh llega el descuento

El límite es del término de energía. Si encaja más de un límite, se aplica el más favorable. La comercializadora lo calcula en cada factura y lo que no gastes se acumula con los doce meses anteriores.

QuiénAl añoAl mes
Una persona, o dos personas1.587 kWh132 kWh
Tres personas, pensión mínima, o una unidad con un menor2.222 kWh185 kWh
Cuatro personas, o tres personas de las que dos son menores2.698 kWh224 kWh
Cinco o más, cuatro personas de las que tres son menores, o familia numerosa4.761 kWh396 kWh

Fuente: Ministerio, límites de energía.

5. Cómo y dónde se solicita

Se pide a una comercializadora de referencia, la que elijas. No a la comercializadora del mercado libre. Puedes hacerlo en la oficina, si la tienen, por teléfono, por fax, por correo electrónico o por correo postal. Teléfonos y correos, verificado 26/10/2026:

Comercializadora de referenciaTeléfonoCorreo
Energía XXI800 760 333bonosocial@energiaxxi.es
Curenergía900 200 708bonosocial@curenergia.es
Comercializadora regulada, GAS & POWER900 100 502bonosocial@comercializadoraregulada.es
Baser900 902 947bonosocial@basercor.es
Régsiti900 10 10 05bono-social@regsiti.com
Comercializador de Referencia Energético900 814 023bonosocial@corenergetico.es
Teramelcor (solo Melilla)800 00 79 43bonosocial@teramelcor.es
Energía Ceuta XXI (solo Ceuta)900 103 306bonosocial@energiaceutaxxi.com

Las direcciones postales y el fax, si lo tienen, están en la página del Ministerio. El modelo de solicitud está en la web de cada comercializadora.

Si no tienes PVPC, el modelo ya incluye que aceptas el contrato a PVPC. Ese cambio no puede retrasar el descuento, y es gratis si mantienes la potencia. El gas no puede ir en el mismo contrato: el PVPC es solo de luz.

El descuento se devenga desde el primer día del ciclo de facturación en el que reciban la solicitud completa. Tienen 10 días hábiles desde entonces para decirte si cumples. Si la factura de ese periodo sale cuando ya han pasado 15 días, el descuento va en esa factura. Si no, va en la siguiente, con la regularización. Si falta un papel, tienen 15 días hábiles para decírtelo. Con el expediente completo, tienen 5 días hábiles para meter los datos, y la comprobación vuelve en otros 5 días hábiles como máximo.

Si te lo deniegan, tienen que decirte el motivo. Puedes reclamar en su atención al cliente y en los servicios de consumo.

Fuente: cómo solicitarlo y plazos, en las preguntas frecuentes.

6. Documentación

Fuente: preguntas frecuentes, documentación y Orden ETU/943/2017.

7. Cuánto dura y cómo se renueva

Dura dos años, mientras no pierdas alguna condición. En una familia numerosa dura hasta que caduque el título. Mientras el título esté vigente no hacen comprobaciones. Al caducar, hay que pedir el bono otra vez, con la documentación completa.

Dos meses antes de que acaben los dos años, si todos los miembros mayores de 14 años con capacidad de obrar han autorizado la consulta, la comercializadora comprueba si sigues cumpliendo. Si sí, se prorroga otros dos años. Y así en cada renovación. Salvo las familias numerosas, la renovación es automática si se mantienen los requisitos y ese consentimiento. Si un menor cumple 14 años y tiene capacidad de obrar, la siguiente renovación ya no puede ser automática: falta su consentimiento y hay que presentar una solicitud nueva.

Las circunstancias especiales se acreditan al pedir el bono. Si no comunicas que has perdido alguna, se entienden vigentes en cada prórroga.

Si cambia algo de lo que te dio el derecho, tienes que decírselo a la comercializadora en el plazo de un mes.

Puedes irte al mercado libre cuando quieras, sin pedir antes que te quiten el bono. En cuanto firmes en el libre, el descuento se acaba solo. Para que el contrato nuevo sea válido tienes que firmar el documento «Renuncia a la aplicación del bono social» que te envía la compañía nueva. El cambio de compañía, el CUPS y la permanencia están en cómo cambiar de compañía de luz.

Fuente: preguntas frecuentes, vigencia y renovación.

8. Si no puedes pagar la factura

Hasta el 31 de diciembre de 2026 no puede suspenderse el suministro de luz, de gas ni de agua a quien sea consumidor vulnerable, vulnerable severo o esté en riesgo de exclusión social, en los términos de los artículos 3 y 4 del Real Decreto 897/2017. El tiempo en que esté en vigor esa medida no cuenta para los plazos entre el requerimiento de pago y el corte. Lo dice el artículo 4 del Real Decreto-ley 8/2021, que el Real Decreto-ley 7/2026 aplica desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026.

El Ministerio describe, además, el camino ordinario de quien ya tiene el bono social: a los 4 meses del primer requerimiento de pago se aplica el suministro mínimo vital, una potencia límite de 3,5 kW durante 6 meses, si tenías más potencia. En esos seis meses no pueden cortar. Pasados, la comercializadora puede pedir el corte. Hay suministros que no se pueden suspender si los servicios sociales acreditan la situación: riesgo de exclusión social, bono social con un menor de 16 años en la unidad, dependencia de grado II o III, o discapacidad de al menos el 33 %.

Quien no tiene bono social puede ver el corte a los 2 meses del primer requerimiento, o del segundo si el primero no llegó.

Fuente: Real Decreto-ley 7/2026, artículo 4, Real Decreto-ley 8/2021, artículo 4, Real Decreto 897/2017 y las preguntas frecuentes.

9. El bono social térmico

Es otra ayuda, para calefacción y agua caliente, y no se pide aparte. Hay que ser beneficiario del bono social eléctrico el 31 de diciembre del año anterior y no renunciar. La pagan las comunidades autónomas. El importe depende de la zona climática y del grado de vulnerabilidad, dentro del presupuesto del año. La ayuda mínima por beneficiario es de 50 €.

Cómo se cruza con la factura del gas está en cómo bajar la factura del gas.

Fuente: requisitos, bono social térmico y Real Decreto-ley 7/2026, artículo 2.

Preguntas frecuentes

¿El bono social vale en el mercado libre?

No. Es un descuento sobre el PVPC. Si estás en el mercado libre, al pedirlo aceptas pasar a PVPC con una comercializadora de referencia. Si luego te vas al mercado libre, el descuento se acaba solo.

¿Cuánto descuenta el bono social en 2026?

Hasta el 31 de diciembre de 2026, el 42,5 % si eres consumidor vulnerable y el 57,5 % si eres vulnerable severo. El descuento de la potencia es sobre todo el término. El de la energía, solo hasta el límite de kWh.

¿Dónde se pide y qué papeles hacen falta?

En una comercializadora de referencia, no en la compañía del mercado libre. Hacen falta el modelo de solicitud, el NIF o NIE, el empadronamiento y, si vives con más gente, la prueba del parentesco. Si el expediente está completo, tienen 10 días hábiles para decirte si cumples.

¿Cada cuánto se renueva?

Dura dos años. La renovación es automática si sigues cumpliendo los requisitos y hay consentimiento de los mayores de 14 años con capacidad de obrar. En las familias numerosas dura lo que dure el título y, al caducar, hay que volver a pedirlo.

¿Qué pasa si gasto más kWh del límite?

La energía que pase del límite de ese periodo se factura a PVPC sin descuento. Lo que no hayas gastado del límite se acumula con los doce meses anteriores.

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En PDF o en foto. La borramos nada más leerla. Si cumples los requisitos, el bono social es un descuento distinto de cambiar de tarifa.

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También: PVPC o mercado libre y cómo cambiar de compañía de luz. Información orientativa, no es asesoramiento.

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